Adopción de mascotas
Adoptar una mascota
Pozuelo de Alarcón es un municipio en el que el abandono de animales no es frecuente. No obstante, las adopciones de perros y gatos no son suficientes. Las mascotas abandonadas están a la espera de un hogar donde se los quiera.
Adoptar en Pozuelo:
Puedes llamar al número de atención al ciudadano:
- Teléfono de atención al ciudadano: 010. (De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas)
Requisitos para adoptar una mascota
- Ser mayor de edad. Se presentará el DNI o pasaporte.
- Firmar el Documento de adopción. Se debe firmar un documento en el que el adoptante se compromete a mantener al animal en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas y proporcionarle, al menos, los tratamientos veterinarios declarados obligatorios.
Mascotas en busca de hogar:
Periódicamente vamos a publicar las fotos de algunos de los animales que están disponibles para que nuestros vecinos los conozcan.
Dar en adopción
En casos excepcionales pueden darse circunstancias que hagan que el propietario de una mascota no puede seguir cuidando de ella, (personas alérgicas al pelo de sus mascotas, que padezcan enfermedades que impiden la tenencia responsable de los animales etc.) En estos casos, siempre de forma debidamente justificada y con el fin de evitar el abandono de estos animales, se puede llamar al 010.
En cualquier otro caso, deberán ponerse en contacto con Asociaciones de animales que puedan hacerse cargo de ellos pero nunca abandonarlos. El abandono de animales está considerado como falta en el Código Penal y como infracción muy grave en la Ordenanza Reguladora de la Tenencia, control y protección de los animales de Pozuelo de Alarcón que puede ser sancionada con una multa comprendida entre 2.404,01 € y 15.025 €
Documentación relacionada
Listado de la actual normativa relacionada con la tenencia de animales en la ciudad:
- Ley 50 /1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50 /1999.
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Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.
- Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Protección de los Animales Domésticos, de 1 de febrero de 1990.
- Ordenanza Reguladora de la Tenencia, control y protección de los animales de Pozuelo de Alarcón.