Esta es una situación que preocupa en gran manera a los vecinos del municipio, en primer lugar por el peligro que un vehículo en tal estado pueda originar en la zona en la que se encuentre, así como por el hecho de que resta una plaza de aparcamiento. Por tanto, se debe determinar en qué supuestos y de qué modo se puede contribuir a solucionar dicha situación.
¿Cuándo un vehículo se presume abandonado?
La Autoridad Municipal podrá presumir razonablemente que un vehículo se encuentra en situación de abandono en los siguiente casos:
· Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado, tras su retirada de la vía pública por la Autoridad competente.
· Cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación. En este caso, tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.
En el supuesto contemplado en el apartado 1 y en aquellos vehículos que, aún teniendo signos de abandono, mantengan la placa de matriculación o dispongan de cualquier signo o marca visible que permita la identificación de su titular, se requerirá a este, una vez transcurridos los correspondientes plazos para que en un mes como máximo retire el vehículo del depósito, con la advertencia de que en caso contrario se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano.
· Los que estén dados de baja definitiva en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.